Convocatoria Elecciones a Miembros de la Asamblea General, Presidente/a y Comisión Delegada FEGABA 2026

De acuerdo con el Decreto 171/2021 de 23 de diciembre, que modifica el Decreto 16/2018 de 15 de febrero, por el que se establecen las bases y los criterios para la elaboración de los reglamentos electorales que deben regir la realización de los procesos electorales en las federaciones deportivas gallegas, la Federación Galega de Baloncesto aprobó en su Asamblea General Extraordinaria de 23 de marzo de 2026 el reglamento electoral para la elección de los miembros/as a la Asamblea General, a la Presidencia y a la Comisión Delegada de la Federación y el calendario electoral estimado del proceso electoral 2026-2030.

El 27 de marzo de 2026, la Secretaría Xeral para o Deporte, aprobó el reglamento electoral para la elección a miembros/as de la Asamblea General, Presidente/a y Comisión Delegada de la Federación Galega de Baloncesto y el calendario electoral.

Por todo el expuesto, D. Julio Bernárdez Alvarez, en calidad de Presidente de la Federación Galega de Baloncesto, RESUELVE: la disolución de la actual Junta Directiva y la convocatoria oficial de elecciones a miembros/as a la Asamblea General, a la Presidencia y a la Comisión Delegada de la Federación Galega de Baloncesto.

Desde el día de hoy, 04/06/26, será expuesto en la web FEGABA el Censo Electoral Provisional. Las personas interesadas podrán presentar reclamaciones al mismo durante el plazo de 10 días naturales. Estas deben realizarse por escrito, vía mail, ante la Junta Electoral (eleccions@fegaba.com)

También, desde el día de hoy, queda abierta la solicitud del voto por correo.*

*Las solicitudes de voto por correo podrán se presentarán a partir del día siguiente al de la convocatoria de las elecciones y hasta cinco días hábiles después de la publicación del censo definitivo. Se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, dirigida al órgano superior de la Administración autonómica competente en materia de deporte, conforme al modelo del anexo II (código del procedimiento DE200A).

La presentación electrónica será obligatoria para las entidades deportivas y otras personas electoras que estén obligadas a relacionarse electronicamente con la Administración. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como data de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquier de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

En el caso de las personas jurídicas deberá solicitar el voto por correo la persona que aparezca en el censo como representante.

Las personas interesadas que no estén obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes, opcionalmente podrán presentarlas en los servicios provinciales del órgano superior de la Administración autonómica competente en materia de deporte o en cualquier de los lugares y registros previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

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